La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha otorgado el amparo a un paciente que fue sometido a una intervención quirúrgica, tras la cual sufrió una incapacidad funcional total en su mano derecha, sin su previo consentimiento prestado con la debida información sobre los riesgos y las consecuencias de la misma.
El Alto Tribunal subraya que la asistencia recibida por el demandante de amparo no satisfizo su derecho a prestar un consentimiento debidamente informado y que las resoluciones judiciales impugnadas que rechazaron su demanda se atuvieron a criterios no previstos legalmente (edad u otra intervención idéntica practicada once años antes) a la hora de ponderar las circunstancia del caso, "e interpretando y aplicando las normas concernidas de manera contraria a la mayor efectividad del derecho".
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