lunes, 27 de junio de 2011

El Fisco molesta a 4 de cada 10 contribuyentes sin necesidad

El Instituto de Estudios Fiscales (IEF), que dirige José María Labeaga, tiene abierta una línea de trabajo para establecer un nuevo modelo de relaciones entre la administración tributaria y el contribuyente. De esta forma, pretende evitar que el Estado, a través del Fisco, moleste al contribuyente sin necesidad algo que, según los datos que maneja el IEF, ocurre en cuatro de cada diez casos.
“El 40% de las inspecciones de Hacienda no deberían haberse levantado”, aseguró Labeaga en un foro sobre Riesgos Fiscales de la Empresa, organizado el pasado miércoles por Wolters Kluwer y el bufete Gonzalo Abogados.
A juicio de Labeaga, “si un contribuyente es un buen pagador no merece la pena revisar sus cuentas por tres euros; la carta que se envía cuesta más que lo que se va a recaudar”. Con este ejemplo, el director del IEF ponía de manifiesto la necesidad de invertir adecuadamente los recursos y efectivos de la administración tributaria ya que, lo contrario, es “un gasto ineficiente”. De igual forma, Labeaga apostó por que la Administración comience a pensar más en el contribuyente. En su opinión, “trabajar en mecanismos que pongan de rodillas al subordinado es relativamente fácil”.
Por este motivo, abogó por que las Administraciones tributarias “se esfuercen en proteger los derechos de los contribuyentes”.
En este sentido, indicó que en España se han producido dos grandes avances en esta materia. De un lado, la creación del Foro de Grandes Empresas, compuesto por representantes de la Agencia Tributaria y de grandes compañías, en el que ya se ha elaborado un Código de buenas prácticas tributarias. Y de otro, el nacimiento del Foro de Asociaciones y Colegios Profesionales Tributarios a través del que se quiere impulsar una relación cooperativa entre la Agencia Tributaria y los profesionales basada en la transparencia y confianza mutua. Al código de buenas prácticas tributarias se refirió Juan Carpizo, socio del área fiscal de Gonzalo Abogados. Según explicó, en él se pone de relieve que “las empresas deben fomentar todo aquello que conduzca a la reducción de riesgos fiscales significativos y a la prevención de aquellas conductas susceptibles de generarlos”.
El socio director de Gonzalo Abogados, Javier Gonzalo, apostó por que las empresas “delimiten su mapa de riesgos fiscales”. Sólo así, podrán “formular propuestas de acciones que les permitan minimizarlos”, aseveró.
Precisamente, Enrique Villanueva, profesor titular de Economía Financiera y Contabilidad en la Complutense, apostilló que muchas empresas, en época de bonanza, no valoraron “los riesgos poco probables”, algo que ha generado problemas durante la crisis. Villanueva concluyó recomendando a todas las empresas que “realicen una gestión más profesional del riesgo fiscal” ya que “incrementa el valor de la compañía”.

domingo, 12 de junio de 2011

El régimen de legítimas dificulta la continuidad de la empresa familiar

El Notariado reclama una modificación sustancial del sistema sucesorio para favorecer la continuidad de la empresa familiar y eliminar trabas a la libertad de testar. Esta esa una de las conclusiones alcanzadas en la segunda sesión del 11º Congreso Notarial Español que ayer clausuró en La Toja la Directora General de los Registros y el Notariado, María Ángeles Alcalá.
El notario Victor Magariños, miembro de la Real Academia Sevillana de Legislación y Jurisprudencia, puso de relieve los “efectos perturbadores” del sistema legitimario español, que impide a una persona disponer libremente de sus bienes para después de su muerte al imponer que dos terceras partes del patrimonio deben ir a parar a sus descendientes, o en su defecto, de los ascendientes.
A juicio de Magariños, las legítimas son “un grave escollo al libre desarrollo de la actividad económica y social”. Así, aboga por un cambio en el esquema sucesorio que otorgue más libertad al emprendedor para “integrar en la empresa a las personas idóneas, sean o no parientes del empresario individual”. Asimismo, reclamó poder recurrir a “pactos sucesorios”, como un complemento a la libertad de testar, que permitan “poder comprometer en la marcha de la actividad profesional o empresarial a ciertas personas”.
Magariños consideró que la “injerencia del Estado en la libertad de disposición del causante resulta insostenible” ya que hoy no existen “razones de peso que justifiquen la limitación legitimaria a la libertad de testar”.
En la misma línea, el catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Zaragoza, Jesús Delgado Echeverría, afirmó que sería “deseable” contar con un nuevo Código Civil o “al menos con un nuevo código de sucesiones”. Sin embargo, vaticinó que la opción del legislador será “reformar el derecho de sucesiones modificando leyes instrumentales para conseguir determinadas finalidades”, tal y como ocurrió en 2003 cuando se cambió la ley para la protección de personas con discapacidad.

El Supremo reconoce que se pueden incorporar créditos durante un proceso

El Tribunal Supremo ha resuelto que los magistrados podrán incorporar créditos de acreedores a las listas de las sociedades en concurso, aunque éstos no hayan sido comunicados con antelación ni aparezcan en los documentos del deudor.
Con esta modificación, el Supremo cree que consigue una interpretación "más acertada" ante la voluntad del legislador de distinguir entre el concepto de "créditos comunicados tardíamente a la administración concursal" que aparece en el artículo 92 de la Ley Concursal, y el de "no comunicados", al considerar que ambas instancias no aparecían "claramente" establecidas.