sábado, 31 de diciembre de 2011

Primeras medidas del Gobierno, primeras impresiones.

A falta de su lectura detenida, las primeras medidas económicas adoptadas por el gobierno del PP [puede leerse el documento de Presidencia del Gobierno siguiendo este enlace], y aparte de los titulares más o menos sensacionalistas e intencionados de los diferentes medios escritos ("El Gobierno subirá hasta siete puntos el IRPF y aplicará recortes de 9.000 millones" cincodias.com, "El Gobierno subirá el IRPF y el IBI temporalmente por la desviación del déficit" expansion.com; "El déficit se dispara al 8%: el Gobierno sube impuestos y recorta 8.900 millones" elmundo.es; "Rajoy aprueba el mayor recorte de la historia y una gran subida de impuestos" elpais.com; "Menos derechos, más impuestos" publico.es; etc..), lo cierto es que hay aspectos a destacar.

En primer lugar, la diferencia entre el déficit anunciado por el anterior Gobierno (6%) y el nuevo cálculo de  previsión de déficit  del conjunto de las Administraciones Públicas, que se sitúa alrededor del 8% según los últimos informes facilitados por la Intervención General del Estado. Dicho así y sin más explicaciones la pregunta es lógica ¿porqué sólo por un 2% hay que hacer tantos cambios? Pero si se aclara que hablamos de un 2% sobre el PIB y que si cada punto de déficit equivale a unos 10.000 millones de euros, eso significa que el ajuste del año que viene ascenderá a más de 36.000 millones de euros, frente a los 16.000 previstos inicialmente.

Parece lógico por tanto un paquete de medidas que aumenten los ingresos y reduzca el gasto. Entre las primeras (aumento de ingresos), se incluyen una subida, en principio, temporal de determinados impuestos durante un periodo de dos años. Así en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se añade un suplemento a la escala del impuesto que será progresiva: de un 0,75% para el primer nivel de renta, hasta alcanzar un 7% para la base liquidable de 300.000 euros. Según el documento de Presidencia del Gobierno, las consecuencias serían:

Para una persona soltera sin hijos: 

  • Si sus ingresos son de 16.000 euros al año, pagará 53,86 euros más al año. 
  • Si su renta es de 30.000 euros, el incremento es de 248,88 euros anuales. 
  • Si su sueldo bruto es de 400.000 euros, pagará un incremento de 20.567,95 euros al año. 
Para una familia con dos hijos y declaración conjunta: 
  • Si sus ingresos son 16.000 euros, el incremento de cuota es 0. 
  • Si sus ingresos son 30.000 euros, el incremento de cuota es 151,81 euros al año. 
  • Si sus ingresos son 400.000 euros, el incremento de cuota es de 20.300,87 euros al año.

Y asimismo se aplicará un recargo a las rentas de capital: tipo del 2% de 0 a 6.000 euros; 4% de 6.000 a 24.000 euros y 6% para más de 24.000 euros.

Destacar asimismo la subida en el Impuesto de Bienes Inmuebles (la popular "contribución"). La subida de tipos en este impuesto se realizará atendiendo a la antigüedad de la revisión catastral del inmueble y a su adecuación al valor del mercado: a mayor antigüedad del valor, mayor subida. En palabras del Ministro Montoro, se ha excluido del incremento al 50% de las viviendas de menor valor de cada municipio, siempre que sus valores catastrales hayan sido actualizados después de 2001. También están exentas de esta subida las viviendas cuyo valor catastral ha sido revisado en los años en que el valor de los inmuebles era más alto (2005-2007).

Como ejemplos, una vivienda con un valor de mercado de 150.000 euros, cuyo valor catastral haya sido revisado antes de 2002, pagaba 150 euros de media. Tras la medida, pagaría 165 euros, ya que el incremento absoluto de la cuota es de 15 euros. Si el valor catastral de esta misma vivienda hubiese sido revisado después de 2002, la reforma aprobada no supondría un incremento de la cuota. (cincodías.com)

La otra "pata" de las medidas es la reducción del gasto que el documento de Presidencia del Gobierno relaciona:
  • Mantenimiento del sueldo de los funcionarios y congelación de la tasa de reposición de las plantillas, excepto para  las Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y para los Cuerpos de lucha contra el fraude de los Ministerios de  Hacienda y Administraciones Públicas, y de Empleo y Seguridad Social. 
  • Incremento del horario laboral de los funcionarios, que pasa a 37,5 horas semanales en todo el territorio nacional. Se puede mantener el horario de 35 horas semanales con una reducción de salario proporcional. 
  • Mantenimiento del Salario Mínimo Interprofesional en 641, 40 euros (con catorce pagas) para 2012. 
  • Envío a las Cortes Generales de un Proyecto de Ley de reforma de la Ley Orgánica de financiación de los partidos políticos para la reducción de la subvención a los partidos políticos en un 20 por 100. La misma reducción  se aplicará a las subvenciones a los agentes sociales. (Nota: esta medida supone recortar en casi 29 millones de euros las ayudas a partidos políticos y en más de 55 millones a los sindicatos)
  • Reducción del presupuesto de RTVE en 200 millones de euros. 
  • Reducción del presupuesto de RENFE en 200 millones de euros. 
  • Reducción de las subvenciones y préstamos en I+D+i por un importe total de 600 millones de euros. 
  • Reducción de las subvenciones de ayuda al desarrollo. 
  • Reducción en 400 millones de euros en préstamos participativos a los concesionarios de autopistas. 
  • Aplazamiento hasta el 1 de enero de 2013 de  la aplicación de la Ley de Dependencia para nuevos beneficiarios, manteniendo la cobertura a todos los actuales beneficiarios. 
  • No renovación de la Renta de Emancipación, manteniendo la cobertura actual, que afecta a 300.000 jóvenes, 
  • Eliminación de la financiación de infraestructuras en compensación del cese de actividad de la minería del carbón. 
  • Aplazamiento hasta el 1 de enero de 2013 la ampliación del permiso de paternidad de dos a cuatro semanas.
Con todo este paquete de medidas, junto con los recortes en los Ministerios (destacan los 1.612 millones de euros menos para el Ministerio de Fomento,  1.091 millones menos para Industria, Energía y Turismo 1.083 de Economía, y Exteriores, con 1.016). Aún así se mantiene la paga de 400 euros para parados que agoten su prestación.

domingo, 25 de diciembre de 2011

Gastos sin opacidad... para todos.

Los Presupuestos Generales del Estado contemplan una partida específica para hacer frente a los gastos de la Casa de S.M. el Rey, ya que según lo expuesto en el artículo 65.1 de la Constitución, «El Rey recibe (...) una cantidad global para el sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma»; de esta forma el presupuesto no necesita ser justificado y, por disposición constitucional, es de libre disposición del monarca, quien también nombrará al personal militar y civil a su cargo. 

Los gastos de la Casa de S.M. el Rey (en los años 2009 y 2010 estuvieron congelados, este año, como a todos los funcionarios, la asignación se rebajó un 5%, y en 2012, a la espera de que el nuevo Gobierno lo ratifique, el presupuesto de la Casa será el de 2011 prorrogado: 8,3 millones de euros), está siendo criticada desde distintos sectores de la izquierda, por su presunta opacidad y elevado importe. Pero hemos de recordar que estos gastos se aprueban anualmente en los Presupuestos Generales del Estado tras su debate parlamentario y aprobación.

Si además comparamos los gastos de la Casa Real -recuerden, 8,3 millones- con el de otras jefaturas de Estado y monarquías constitucionales europeas, la monarquía española es, de lejos, la más barata.
Así, si comparamos con Italia, su Jefatura de Estado tiene unos gastos aún más opacos que los españoles y mucho más elevados, casi 200 millones de euros en 2007; y los de la Presidencia de la República Francesa ascienden a 90 millones de euros (sin especificar gastos), excluyendo los sueldos de 866 de sus 957 empleados, que corren a cargo de distintos ministerios.

En resumen, dividiendo el presupuesto de la casa real entre los habitantes de España, cada español contribuye con 18 céntimos al año; a los noruegos les cuesta 5,8 euros, a los suecos 1,3, a los daneses 2,34 y a los británicos 75 céntimos. Y si la comparativa es con Repúblicas, las respectivas Presidencias cuestan a los italianos 3,8 euros, a los portugueses, 1,64 y a los alemanes, 35 céntimos.


Mientras tanto, en los últimos 4 años, entre CCOO y UGT han recibido casi 800 millones de euros en subvenciones del Gobierno, según datos del BOE. A esta cifra habría que añadir las cantidades que otorgan las diferentes comunidades autónomas –más de 200, sólo Andalucía les entrega casi 60 millones anuales– y las ayudas que reciben las fundaciones de estos sindicatos, unas partidas, por lo numerosas y por su opacidad, imposibles de cuantificar.

Hay casos "escandalosos", como las ayudas percibidas por CCOO de Ceuta, que ascienden a 12.938.111,76 euros. Teniendo en cuenta el número de afiliados a CCOO en todo el territorio nacional, que apenas supera el millón, y sabiendo que la población de Ceuta ronda los 78.000 habitantes, la mayoría de ellos militares o con actividades laborales funcionariales, podemos suponer que en la citada plaza no debería haber más de mil afiliados al citado sindicato.
Según estos números, CCOO de Ceuta ha percibido por afiliado más de 12.000 euros por persona. A estas cantidades habría que sumar además las retribuciones que perciben algunos sindicalistas por participar en consejos de administración de empresas públicas o en organismos como los consejos económicos sociales.

En España, hay 4.127 liberados sindicales a tiempo completo, con un coste para las empresas de 250 millones de euros. Si contamos los delegados y el coste del empleo de las horas sindicales, su número podría superar los 57.000 y su coste los 1.500 millones anuales.

Haciendo la misma división que antes, a cada español, los sindicatos le cuestan 43 euros anuales, y ello sin poder cuantificar las ayudas recibidas a través de Fundaciones, Asociaciones varias, etc...

El secretario de Relaciones Institucionales y Comunicación de la Unión Sindical Obrera (USO), José Luis Fernández Santillana, comenta: Es incontrolable el dinero que reciben los sindicatos de todos los ministerios. Aparte de lo que se publica en el BOE, reciben otras cantidades y no se pueden cuantificar todas. Seguro que ni el Estado sabe el dinero que destina a las centrales sindicales”.

Fernández Santillana asegura que desde USO lo que se pide es que “se acabe con la opacidad del dinero recibido. Todo debería ser controlado, auditado y sometido a luz y taquígrafos. Los ciudadanos deben saber qué se hace con su dinero”El secretario de Comunicación de USO pone énfasis en el escándalo que suponen “las fundaciones privadas creadas a la sombra de los sindicatos y que se mantienen en un 100% gracias al dinero público. Es una manera de escapar del control. Todo lo que sale en el BOE puede ser impugnado, pero lo que no aparece en el BOE no lleva ningún tipo de control. Cuando se denuncia, la Audiencia Nacional dice que, al ser una fundación privada, debe tratarse por el Código Civil..., y así se escapan de los controles”.

martes, 20 de diciembre de 2011

Las empresas no tendrán que cotizar por sus becarios

(expansion.orbyt.es)

Cambio de criterio en menos de un mes. Las empresas ya no tendrán que cotizar por los becarios que sean estudiantes universitarios. El Gobierno saliente aprobó el pasado 18 de noviembre un Real Decreto, en vigor desde el 11 de diciembre (BOE del día 10), que anula de facto la medida por la que se obligaba a las empresas a cotizar por los becarios desde el 1 de noviembre.
Los despachos se encuentran sumidos en el desconcierto, ya que se ha cambiado de repente una de las claves de su asesoramiento a las empresas en el ámbito laboral en los últimos meses.
El nuevo Real Decreto (1707/2011) establece que la inclusión en la Seguridad Social y las reglas especiales aprobadas recientemente “no serán de aplicación a los estudiantes universitarios que realicen las prácticas académicas externas”. Es decir, que excluye a la gran mayoría de becarios, todos aquellos que provengan del ámbito universitario (de grado y de máster), restringiendo esta medida a un muy pequeño colectivo.
Esto implica, en realidad, vaciar de contenido la novedad introducida en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto y en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, que la desarrolla, por la que todos los becarios deberían ser dados de alta en la Seguridad Social, con la consiguiente cotización.
Según explica Eduardo Ortega Figueiral, socio del despacho de abogados Ortega-Raich, “se entendía que los alumnos de todos los programas universitarios, en la medida en que efectuaran prácticas externalizadas en empresas retribuidas mediante becas, ayudas al estudio o cualquier otro concepto, debían afiliarse al Régimen General, con las correspondientes cotizaciones sociales”. Ésta era la interpretación que hacían los organismos oficiales, el Ministerio de Trabajo y la Tesorería General de la Seguridad Social.

El cambio supondrá que las empresas que hayan dado ya de alta a sus becarios universitarios tengan que instar ahora las bajas correspondientes o anularlas, sin que proceda cotizar ni ingresar importe alguno entre el período en que se dio de alta al becario y la fecha de notificación de la baja o anulación de la citada alta.
Ortega Figueiral califica todo ello como “increíble y verdaderamente lamentable; es una muestra más de la absoluta sinrazón con la que nuestros legisladores han actuado últimamente en el ámbito laboral”. No obstante, señala que, “por suerte”, hasta ahora “ninguna empresa ha ingresado cotización alguna por sus becarios por cuanto la Tesorería General no había adaptado aún sus sistemas a este colectivo”.
Como apunta Bernardo Pérez-Navas, abogado de Garrigues, “ahora queda resolver la incógnita de cómo proceder en relación con las altas realizadas al amparo de la ley anterior, una vez que la nueva norma excluye a los estudiantes universitarios del ámbito de la Seguridad Social”. Además, explica que, con toda esta situación, “se ha generado una sensación de desconfianza y sorpresa entre las empresas, que habían invertido tiempo y recursos en dar de alta a los becarios desde el 1 de noviembre”.
Ana María Pérez, de Sagardoy, afirma que las empresas están seriamente desorientadas: “Aunque con las que hemos hablado en el despacho habían decidido acogerse al plazo dado por el RD para comenzar a cotizar, algunas ya estaban introduciendo en sus herramientas de gestión todo lo necesario para afiliar, dar las altas y gestionar una nueva realidad que no habían hecho hasta el momento”.
Se abre un periodo de incertidumbre para los becarios de los despachos.
 
Prácticas académicas externas.
El Real Decreto 1.707/2011 regula las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios. Dichas prácticas quedan fuera del ámbito laboral y se pueden realizar en la propia universidad o en entidades colaboradoras (empresas, por ejemplo).
Pacto de cooperación educativa.
La formalización de estas prácticas pasa por la suscripción de un Convenio de Cooperación Educativa entre universidad y entidad colaboradora. El sistema se basa en la participación y el apoyo al estudiante por parte de dos tutores: uno de la entidad colaboradora y otro académico de la universidad. El convenio establecerá la relación entre los estudiantes, la entidad colaboradora y la universidad.

Marco normativo.
El decreto sustituye la regulación precedente del año 1981, ya que actualiza su contenido y lo adapta al nuevo marco universitario derivado de la construcción del Espacio Europeo de Educación Superior, que se conoce como proceso de Bolonia.

Cómo afecta a las prácticas en bufetes.
Los despachos no son una excepción y también ha caído por sorpresa cómo se aplicará el decreto a sus propias contrataciones de becarios. Los bufetes estudian cuál será el alcance del decreto. Para empezar, porque el reglamento de desarrollo de la Ley de Acceso ya está en vigor y podría considerarse una ley especial que prevalece sobre el RD 1.707/2011, por ser éste último mucho menos preciso que la regulación para la abogacía.

Vertientes de aplicación y tiempos.
En cuanto a la Ley de Acceso, hay una clara referencia temporal en relación con los abogados porque de forma efectiva, la norma de acceso empezará a serlo a partir de junio de 2012. También hay que aclarar si es aplicable la no cotización e incluso todo lo referente a la formalización de prácticas. Y hay que distinguir cómo se aplicará a cada tipo de becario.

domingo, 11 de diciembre de 2011

La 'sobrecarga de trabajo' sirve a un juez para negarse a la ejecución forzosa de un local

En un proceso concursal, el juez puede negarse a que un banco acreedor inicie la realización forzosa de un inmueble sujeto a hipoteca aunque haya transcurrido el plazo legal de un año que marca la Ley Concursal en su artículo 57.1, en caso de que exista en el juzgado que resuelve una "sobrecarga de trabajo" que lo haya "conducido, prácticamente, al colapso".
Lo recoge un auto del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Sevilla, del que es ponente el magistrado Gómez López, en el que se estima que "no tener en cuenta dicha circunstancia y limitarse a verificar si ha trascurrido el año está lejos del criterio del interés del concurso".
Así, el tenor literal de dicho precepto "conduce a que, transcurrido un año sin aprobar un convenio o sin iniciar la liquidación, se reanude o inicie la ejecución de la garantía real sobre bienes del concursado". En este sentido, el juzgador entiende que "ese automatismo debe ser objeto de una flexibilización", por lo que niega al banco su pretensión.

El Corte Inglés experimenta con un nuevo concepto de supermercado

El Corte Inglés ha lanzado un nuevo concepto de supermercado bajo la marca 'Supercor Exprés', que está enfocado a la rapidez para hacer la compra, ofrece "precios bajos todo el año" y tiene un amplio horario de apertura, de 9 a 23 horas.
Se trata de un concepto distinto a los supermercados Supercor, al tener una superficie comercial inferior, y a los establecimientos Opencor, que se enmarcan en el formato de tiendas de conveniencia, según confirmaron fuentes de la compañía.
El grupo ha inaugurado su primer 'Supercor Exprés' en la zona de Plaza de Castilla, con entrada por las calles Doctor Fleming y Juan Ramón Jiménez, ambas paralelas a Castellana, y durante este mes de diciembre abrirá un segundo punto en Torrelodones-Colonia, en un local ocupado anteriormente por Opencor.
De momento, estos son los dos únicos proyectos en marcha y, desde El Corte Inglés indicaron que "se decidirá en un futuro" si Supercor Exprés conformará una nueva cadena.
La oferta de estos nuevos supermercados está formada por más de 5.000 productos de alimentación, frescos, droguería y perfumería, así como por prensa y revistas y recargas telefónicas.
Además de las marcas líderes, el surtido incluye las enseñas propias del grupo de distribución, como El Corte Inglés, Aliada, Veckia o Special Line.
El nuevo concepto, según destacaron las mismas fuentes, ofrece la posibilidad de hacer la compra en 15 minutos y tiene la política de mantener precios bajos todo el año, sin experimentar grandes variaciones.
Desde El Corte Inglés señalaron que junto a la rapidez y el precio, la calidad, el surtido y el horario son las señas de identidad de Supercor Exprés. En concreto, abre de 9.00 a 23.00 horas de lunes a sábado, así como los domingos de apertura.
La compañía que preside Isidoro Álvarez utilizó una marca similar a Supercor Exprés, aunque con un logotipo distinto, para la red de tiendas abiertas en estaciones de servicio, después transformadas en Opencor.
Los supermercados Supercor, con 88 establecimientos, incrementaron sus ventas un 2,7% en el último ejercicio fiscal, hasta 416 millones de euros, frente a los descensos registrados en otros formatos como los hipermercados Hipercor (-5,4%) o las tiendas Opencor (-4,1%). El grupo espera que Supercor cierre el ejercicio en curso con beneficios, frente a las pérdidas de 8,5 millones del año pasado.

El Parlamento italiano asegura que sus diputados y senadores cobrarán menos

Los presidentes de la Cámara Alta y Baja de Italia, Renato Schifani y Gianfranco Fini, respectivamente, han asegurado que los parlamentarios italianos rebajarán sus sueldos en el plazo "más breve posible".
Mediante un comunicado conjunto, los titulares de las cámaras del Parlamento italiano salieron al paso del revuelo generado en Italia por la negativa de los parlamentarios a aceptar que el Gobierno de Mario Monti les imponga sus nuevos salarios si la comisión que trabaja sobre el asunto no lo hace antes de que termine el año.
"El Parlamento es plenamente consciente de la exigencia de efectuar actos ejemplares y, por tanto, de adecuar los salarios de sus miembros a los estándares europeos, según lo que ya se ha votado en el pleno en los últimos meses", aseguraron.
Por ello, Fini y Schifani han pedido a la comisión parlamentaria que ha de adoptar el nuevo sistema de salarios "que concluya en el plazo más breve posible sus trabajos para poder proceder inmediatamente a las consiguientes determinaciones a través de las oficinas de Presidencia".
En el plan de ajuste de 30.000 millones de eurosaprobado por el Gobierno tecnócrata hace ahora una semana, Monti se reservaba la potestad de actuar de "urgencia" si la comisión dispuesta por el ex primer ministro Silvio Berlusconi en verano no establecía el recorte de salarios para diputados y senadores antes del 31 de diciembre.
Esto provocó una rebelión dentro de los parlamentarios, que indicaron que ese punto del plan de ajuste de Monti sería modificado porque es el Parlamento el único que tiene la potestad de establecer sus salarios y quienes no terminan de aceptar la revisión de acuerdo a la media de sus colegas europeos, pues prefieren el sistema de retribución del Parlamento Europeo (PE).
Los medios de comunicación especulan con la posibilidad de que esa rebaja en los salarios de los diputados y senadores italianos no llegue antes del próximo mes de marzo, es decir, tres meses más tarde de lo que pretendía Monti.

sábado, 10 de diciembre de 2011

La Justicia impide que la Inspección de Hacienda mire ejercicios prescritos

(expansion.com)
Hacienda no puede inspeccionar ejercicios prescritos. Así lo aclara una sentencia de la Audiencia Nacional que corta las alas a una interpretación del Fisco, según la cual la reforma de la Ley General Tributaria (LGT) le permite determinar la deuda, es decir, las bases imponibles negativas de un ejercicio prescrito, cuando influya en un ejercicio no prescrito.

En esta sentencia, la Audiencia Nacional no entra en el fondo del asunto, sino en la prescripción. El conflicto tiene su origen en unas inspecciones que concluyeron que las deducciones por I+D acreditadas en los ejercicios 1996, 1997, 1998 y 1999 por una empresa y aplicadas en los ejercicios objeto de comprobación eran excesivas.

“Determinados proyectos no responden al concepto de investigación o desarrollo, dado que en algunos casos se trata de esfuerzos rutinarios destinados a mejorar la calidad del producto, y en otros de adaptaciones de productos ya existentes a requisitos específicos impuestos por el cliente”, se apuntaba.

Esta razón es la que motivó las reducciones practicadas por la Inspección en las deducciones por I+D+i generadas en los ejercicios 2000 a 2002. Tras las modificaciones de la Inspección, la cuota para el año 2001 fue de 184.979 euros y 33.113 euros de intereses de demora y en el ejercicio 2002 la inspección reduce la deducción por I+D a 467.711 euros.

La empresa alegó improcedencia de la regularización practicada, porque no cabe la rectificación de deducciones generadas en ejercicios prescritos, aplicadas en años posteriores. Considera que hay extralimitación de las actuaciones inspectoras al haberse procedido a la regularización de conceptos que no resultan incluibles en el objeto de las actuaciones inspectoras y sin que dicho extremo fuese comunicado a la entidad.

El TEAC, por el contrario, fundó su resolución en su criterio de que la LGT no establece la prescripción del derecho de la Administración a la investigación o comprobación de pruebas originadas en años prescritos, si de ellos se derivan consecuencias tributarias a tener en cuenta en ejercicios en que no ha prescrito la acción comprobadora y liquidadora.

El TEAC entendía que la liquidación se apoya en el artículo 106.4 de la Ley 58/2003, que establece: “En aquellos supuestos en que las bases o cuotas compensadas o pendientes de compensación o las deducciones aplicadas o pendientes de aplicación tuviesen su origen en ejercicios prescritos, la procedencia y cuantía de las mismas deberá acreditarse mediante la exhibición de las liquidaciones o autoliquidaciones en que se incluyeron, la contabilidad y los oportunos soportes documentales”.

El Tribunal Económico refuerza su postura con el artículo 70.3: “La obligación de justificar la procedencia de los datos que tengan su origen en operaciones realizadas en periodos impositivos prescritos se mantendrá durante el plazo de prescripción del derecho para determinar las deudas tributarias afectadas por la operación correspondiente”.

Sin embargo, la empresa alegó que la propia norma citada por la Administración Tributaria sólo le exige exhibir la contabilidad, le impone una obligación concreta de prueba al contribuyente, pero no otorga a la Inspección la facultad de comprobar la existencia, licitud y cuantía de las deducciones en los ejercicios en que se generaron.

La Audiencia acoge la tesis de la empresa y concluye que no puede permitir que la Administración “altere el importe de la base imponible de un ejercicio prescrito, de forma que está impedida para determinar la deuda tributaria que la prescripción dejó firme a todos los efectos tributarios”.

El Supremo y el Fisco
El Tribunal Supremo ha aclarado que entre las capacidades de los tribunales económico-administrativos (TEAC), que dependen de Hacienda, no se encuentra la de desempeñar funciones propias de la Inspección y corregir sus defectos materiales (ver EXPANSIÓN del pasado 27 de junio).

En definitiva, el Supremo no deja que el TEAC maquille los errores de Hacienda y no acepta la retroacción o repetición acordada por el tribunal económico.

De este modo, aplica por primera vez la doctrina del órgano consultivo del TEAC en el polémico caso de las liquidaciones del IVA y abre una vía de reclamación segura en los tribunales de justicia para el contribuyente.

Modificaciones en materia de obligaciones formales tributarias.

El 27 de noviembre de 2011 ha entrado en vigor el Real Decreto 1615/2011, de 14 de noviembre, por el que se introducen modificaciones en materia de obligaciones formales en el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria.
La modificación más significativa viene por el hecho de que a partir del próximo año, el modelo 347 (operaciones con terceros), aun cuando se seguirá presentando una única declaración anual como hasta ahora, la información sobre las operaciones realizadas se proporcionará desglosada trimestralmente.
Asimismo, para el ejercicio 2011, el modelo 347 se podrá presentar durante el mes de marzo de 2012, pero a partir de 2013 se adelanta al mes de febrero.
(Texto completo del RD 1615/2011)

viernes, 14 de octubre de 2011

El Supremo rebaja también los honorarios a los procuradores

El Alto Tribunal entiende que debe aplicarse a estos profesionales la limitación introducida el año pasado vía Real Decreto. La Sala Tercera sigue la tendencia de recortes que inició con los abogados.
El Supremo acaba de asestar un duro golpe a los procuradores cuyos honorarios podrán rebajarse en tasación de costas si su cuantía se demuestra “exorbitante”. En un auto pionero, el Alto Tribunal abre la puerta a limitar los derechos económicos de estos profesionales –fijados por arancel– si se demuestra que su importe resulta “una carga manifiestamente desproporcionada” para el condenado en costas.
La resolución se enmarca en una tendencia surgida en el último año en el que el Alto Tribunal está revisando a la baja los honorarios de los abogados. Ahora, les toca a los procuradores.
En el caso concreto analizado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, se ha rebajado la retribución del procurador de 106.769, 27 euros a 12.500 euros. También, la minuta del abogado se ha visto reducida de 243.576 euros a 25.000 euros.
La resolución, en este caso, favorece a la Administración que sólo deberá afrontar un coste de 37.500 euros en lugar de los 350.345,27 euros fijados inicialmente para resarcir a la empresa vencedora del litigio de los gastos de abogado y procurador originados en un pleito en el que estaba en discusión una multa de más de 50 millones de euros, finalmente anulada.
La Abogacía del Estado impugnó la tasación de costas practicada por el secretario judicial alegando que tanto los honorarios del letrado como los derechos del procurador eran excesivos. Exigía, por tanto, que los emolumentos del abogado no superaran los 8.000 euros, mientras que los del procurador no debían llegar a 300 euros.
Aunque el Supremo rechaza las cantidades propuestas inicialmente por la Abogacía del Estado, sí reconoce que tiene razón en cuanto a que lo minutado por ambos profesionales resulta desproporcionado.
Jurisdicción Contenciosa
La resolución recuerda que la Ley de la Jurisdicción Contenciosa permite a los tribunales de este orden limitar hasta un determinado tope la imposición de las costas que el vencido en el recurso debe pagar al ganador del pleito.
Por este motivo, la Sala cree que “no hay razones válidas para que los derechos arancelarios de los procuradores queden eximidos de esta limitación”.
Frente a esta opinión, se alza el Consejo General de Procuradores cuyo dictamen fue requerido por el Supremo para resolver este asunto. Para la institución que preside Juan Carlos Estévez, el arancel es una norma de cumplimiento obligado que determina las retribuciones de los procuradores. Además, rechaza que la comparación entre el trabajo del procurador y el del letrado sea un criterio válido para poder introducir esa proporcionalidad.
El Supremo, sin embargo, echa por tierra todos estos argumentos y reduce el importe a retribuir al procurador a 12.500 euros, cifra equivalente a la mitad de los honorarios que finalmente cobrará el abogado.
Para el Alto Tribunal, resulta evidente que el Real Decreto–Ley 5/2010 “trata de evitar que la retribución de los procuradores en todos los procesos –no sólo en los concursales– sea manifiestamente desproporcionada”. Lo que implica, a su vez, que no cabe prescindir de la comparación con los honorarios devengados por el letrado. La consecuencia es que la aplicación del arancel entre procurador y cliente no tiene por qué ser trasladada de forma automática a la condena en costas.
Los letrados, en el punto de mira
En el caso del abogado, el Supremo reconoce que el interés económico del litigio era elevado –una multa de más de 50 millones de euros– y que, por lo tanto, su responsabilidad a la hora de defender que procedía su anulación era relevante.
Sin embargo, advierte de que su trabajo profesional venía facilitado por el hecho de existir una sentencia previa sobre una sanción impuesta a la misma empresa por hechos análogos. Es decir, que, de no ser por esa circunstancia, “el esfuerzo argumental del letrado” para defender la corrección jurídica de la sentencia de instancia hubiera sido mayor. Por este motivo, el auto afirma que la cifra de los honorarios deben quedarse en 25.000 euros, en vez de los 243.576 euros, reduciéndola a 25.000 euros.

Hacienda acumula 20.000 millones de deudas pendientes de cobro

Las cantidades que se acumulan en la Agencia Tributaria se duplican desde que empezó la crisis para escándalo de inspectores y expertos.
Cada deuda pendiente de pagar a Hacienda es una trinchera. Una fosa que está adquiriendo tintes de no poder superarse. La Agencia Tributaria tiene una deuda pendiente de cobrar de 19.152 millones de euros al cierre de 2010, frente a los 15.700 millones que se registraron el año pasado. Este aumento del 20% palidece si se mira la evolución de estas cantidades desde 2007, cuando el Fisco tenía que lidiar con 10.000 millones de deudas, la mitad que en la actualidad, según consta en la Memoria de la Agencia Tributaria de 2010.
Este fenómeno, que crece como una bola de nieve (ver gráfico), encierra diversos peligros para la economía. El principal, que hay casi 20.000 millones de euros que no computan en el déficit público, pero que es muy complicado que lleguen a cobrarse en su totalidad, según señalan los expertos. Esto es, dos puntos del PIB se quedan en un limbo contable en un momento en el que Bruselas apremia a España a que recorte su déficit del 9,3% del PIB de 2010 a una previsión del 6% para este año que cada vez se antoja más complicada.
La deuda que se acumula en Hacienda, según señalan los expertos, es cada vez más difícil de cobrar. El número de expedientes de delito fiscal que acaba en la justicia también se ha disparado un 27% en el último año.
Durante el presente ejercicio, la labor de Hacienda ha sufrido diversas críticas, incluso de algunos antiguos miembros de la organización. Entre ellas, la de hinchar determinadas inspecciones para mejorar los datos de recaudación. Francisco de la Torre, portavoz del colectivo de inspectores de Hacienda, rechaza estas críticas y enmarca este fenómeno dentro de la escalada de morosidad que se vive en España. Eso sí, considera que desde Economía “antes de hablar de subir impuestos, se debería plantear que se recaudara la deuda pendiente de todo aquel que ha defraudado”.
Cuando empezó 2010, la AEAT tenía que lidiar con una deuda pendiente de 15.700 millones. Durante el año se cargaron otros 12.310 millones, por lo que el monto total ascendía 27.838 millones. El total de gestión fue de 8.680 millones, inferior a las nuevas deudas que se iban acumulando. De los 19.100 millones de deudas pendientes de cobro, casi 2.500 dependen de otras administraciones, especialmente de autonomías y DGT.
Para Juan José Rubio, catedrático de Hacienda Pública de la Universidad de Castilla-La Mancha, que se estén alcanzando estas cifras es “evidentemente preocupante”. En su opinión, es “dinero ficticio hasta que no se sustancie”, máxime cuando la prescripción se ha reducido a cuatro años. Además, recuerda que un euro invertido en la Agencia Tributaria “genera un retorno de doce” a las arcas del Estado.
De la Torre y Rubio coinciden en que la AEAT necesita más medios. A fin de cuentas, en 2010 mantuvo estable su plantilla (27.880 personas), tras varios ejercicios de recortes y un fuerte aumento de las tareas pendientes. “Los recursos no están dimensionados con los planes de control”, señaló el catedrático.
RADIOGRAFÍA
* En el control tradicional del Fisco en número de contribuyentes inspeccionados se contrajo un 7,7% (23.993), pero la deuda liquidada aumentó casi un 33% (6.000 millones). De este modo, la inspección golpea cada vez más a menos gente.
*Según la Memoria de la AEAT, los controles sobre el sector inmobiliario han vuelto a los mismos niveles del año 2006. De este modo, también se ha desinflado la ‘burbuja’ de las inspecciones en el ladrillo. Así, se ha investigado a 5.809 personas, un 16,5% menos que el año anterior. Eso sí, la deuda liquidada ha crecido un 19%, hasta los 1.735 millones.
*En Impuestos Especiales, las actas formuladas por la Inspección de Hacienda se redujeron un 35% en el último año.

La judicialización del Fisco
Cada vez son más los expedientes de Hacienda que acaban en manos de la justicia ordinaria. Durante el ejercicio de 2010 se han disparado un 27,1% las ocasiones en los que el delito fiscal ha llegado al juzgado, para un total de 938 casos frente a los 738 anteriores. Más aún, Francisco de la Torre recuerda que a los 19.100 millones de euros pendientes de cobro, hay que añadir otros 6.000 millones de deudas con los que Hacienda está litigando en los tribunales penales, por lo que la cantidad total de dinero en el limbo contable del difícil cobro de estas deudas ascendería a 25.000 millones. “Se están cargando el departamento de recaudación”, aseguró el portavoz de los inspectores a este diario.
“La relación entre aumento de fraude y crisis es real; los casos dolosos han aumentado”, añade De la Torre, quien además señala que, como mucho, la justicia lidia con 300 de estas reclamaciones al año, cuando llegan casi un millar de expedientes, por lo que, también aquí, se genera otro fenómeno de bola de nieve por la acumulación de los casos. En cualquier caso, asegura que la AEAT gana el 80% de los casos que se litigan, “pero sería necesario que se tuvieran medios judiciales para mandar 900 casos y que se juzgaran 900 casos”.

domingo, 25 de septiembre de 2011

Llega la nacionalización de las cajas


El Banco de España anunció el pasado mes de enero la recapitalización del sector financiero español. Puso una fecha límite: el 30 de septiembre. Entonces todo parecía lejano. Hubo gente en el sector financiero que lamentó el excesivo tiempo. Pero las hojas del calendario pasan y, a partir del viernes, la banca en España operará con un capital principal mínimo del 8%, que subirá al 10% en el caso de las entidades que no cotizan en Bolsa o dependen en exceso de los mercados de financiación mayoristas. 
La mayor parte del sector ha conseguido reforzar su capital por sus propios medios. Pero tres cajas de ahorros van a acabar nacionalizadas. Se trata de CatalunyaCaixa, Novacaixagalicia y la catalana Unnim. Una cuarta, la CAM, fue intervenida por el Banco de España el pasado julio y ya tiene al Estado en su interior. 
La participación que el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (Frob) va a tomar en las tres cajas nacionalizadas va a ser de control total y absoluto. 
Fuentes de los bancos de inversión que están asesorando al Estado en el proceso de valoración de las cajas coinciden en que el techo de valor lo marcaron Bankia y Banca Cívica en sus salidas a Bolsa, con descuentos del 75% sobre su valor en libros. 
La caja que preside Rato salió a Bolsa a 3,75 euros y ahora cotiza a 3,6 euros. Peor ha sido la evolución de la entidad de Enrique Goñi y Antonio Pulido, que ha pasado de un precio de salida de 2,7 euros a poco más de dos. 
«El Frob tiene difícil justificar entrar a precios más altos de los que el mercado ha impuesto para Cívica y Bankia. Además, la operación debe ser autorizada por la Comisión Europea», apuntan en un banco de inversión de los que está ayudando al Estado en el proceso. 
Con estas premisas sobre la mesa, el Frob debe tomar una decisión definitiva sobre la valoración que otorga a las cajas que van a ser nacionalizadas. 
Partiendo de descuentos del 85% sobre el valor en libros de las entidades, el Estado podría tomar más del 75% del capital de las entidades. El resto quedaría en poder de las cajas. Al ser el Frob el accionista, no tendrán la obligación de convertirse en fundaciones, sino que podrán seguir manteniendo el estatus de caja de ahorros. 
En todo caso, el negocio financiero quedará en un banco. NCG Banco es el que ha creado Novacaixa. El Estado puede controlar hasta el 85%, con una aportación de 2.465 millones de euros. 
En cuanto a CatalunyaCaixa, ha puesto en marcha Catalunya Banc. En esta entidad el Frob puede tener una participación de hasta el 78% tras inyectar 1.718 millones de euros. Y en Unnim Banc, el banco de la pequeña caja catalana, el peso del Frob puede rondar el 75%, con una aportación de 568 millones. 
Como tarde el próximo viernes, el Frob dirá la participación máxima que toma en cada entidad. Pero no necesariamente el Estado comprará las acciones esta misma semana. El desembolso real en el capital podrá llegar días más tarde. 
La entrada del Frob no supondrá una revolución en las entidades. El Banco de España tiene total confianza en los gestores que ahora mismo están al frente, en particular en los de NCG Banco, con José María Castellano de presidente y César González-Bueno de consejero delegado. Y lo mismo sucede con Adolf Todó, que está al mando de Catalunya Banc. 
Así, 15 años después de la privatización de Argentaria, hoy parte del BBVA, va a volver la banca pública a España, aunque sea de forma temporal. 
El Estado va a estar al frente de cuatro entidades, aunque su intención es irse desprendiendo de ellas de la forma más rápida posible. Pero, de primeras, tendrá bajo su gestión 252.923 millones de euros. Estos activos -aunque separados en cuatro entidades- conforman el quinto banco mayor de España. Sólo lo superan el Santander, el BBVA, Bankia y CaixaBank. 
Pero la CAM y sus 71.000 millones de activos pasarán al sector privado a finales del mes de octubre, si es que los planes del Banco de España se cumplen. 
En cuanto a NCG Banco, José María Castellano ha pactado con el Frob que inversores privados -a los que dice tener convencidos de entrar en el capital de la entidad- puedan comprar la participación del Frob al mismo precio que el pagado con el Estado, aunque el Banco de España exigirá alguna compensación. 
Y en Catalunya Banc, Adolf Todó pretende iniciar ya la búsqueda de inversores privados de forma que el Frob permanezca en el capital de la entidad el menor tiempo posible. El caso de Unnim Banc es más complicado y la entidad está buscando una fusión, de forma que sea un competidor el que compre la participación del Frob. De momento nadie ha querido probar este cáliz. 
La ley da un plazo máximo de cinco años al Frob para abandonar los bancos ahora nacionalizados.

Colapso fiscal: menos ingresos con más impuestos 74.000 millones menos para Hacienda


El modelo recaudatorio actual, sustentado en las rentas del trabajo, ya no da más de sí, porque cada vez hay menos asalariados, los sueldos siguen bajando y los 3,1 millones de puestos de trabajo que se ha llevado la crisis no se recuperarán en mucho tiempo, o quizá no se haga nunca, porque el empleo masivo lo proporcionaba elladrillo. La vaca que hasta ahora abastecía de ingresos al Estado ya apenas da leche. Por ejemplo, en los últimos tres años el Gobierno recaudó 74.100 millones menos sobre su previsión inicial. 
Lo que es evidente es que los impuestos serán la materia mássensible en las elecciones del 20-N porque los bolsillos tendrán más peso en las decisiones de voto. La crisis se ha cebado sobre todo en los asalariados, el caladero electoral de los políticos, cuya clase media sostiene el Estado. 
Los expertos dicen que el actual modelo fiscal ya no sirve y que, al igual que se pretende cambiar el modelo de crecimiento económico, también hay que modificar «profunda y urgentemente» el recaudatorio. No se puede ligar la caja del Estado exclusivamente al IRPF e IVA porque, además de injusto, cuando se produce un cambio de ciclo económico, se volatizan los ingresos. Estos dos impuestos suponen ahora el 84% de los ingresos tributarios totales frente al 66% en 2007, al inicio de la crisis. 
Además, aunque Rubalcaba y Rajoy, los candidatos del PSOE y PP, no han hablado aún de ello, la situación se está agravando. 
Se avecina un batacazo de los ingresos de este año que añadirá más dudas al cumplimento del objetivo de déficit. El Gobierno había estimado un 8,1% más de recaudación con un crecimiento económico del 1,3%. Pero a mitad de año se advierte que los cálculos no se van a cumplir. El PIB sólo crecerá a la mitad y la recaudación ha iniciado una peligrosa curva descendente. Lo que evidencia que el sistema fiscal está ya agotado. No sirve para contrarrestar los efectos de la larga crisis. De momento, hasta julio, los ingresos sólo crecen un 0,3%. 
Por ejemplo, a pesar del aumento de tipos, la recaudación por IVA sólo es un 3,8% superior (un 0,4% en las operaciones interiores) a la de hace un año. Y será aún más baja a partir de ahora cuando se compare homogéneamente con los meses del año anterior en que ya se había producido el alza del impuesto. Si los ingresos por el IVA salvaron el objetivo de déficit de 2010 (se recaudaron 12.155 millones más de lo previsto), ahora es imposible que a fin de año se recaude un 7,3% más con el consumo otra vez en negativo. 
En el IRPF, la inflación en los convenios evitan un mayor deterioro. Pero los ingresos crecen sólo un 5,2% frente al 6,2% previsto. Y la recaudación será más baja aún porque se está acentuando la destrucción de empleo, repunta el paro y muchas empresas ya han anunciado otra vuelta de tuerca de ERE. En los dos últimos años, Hacienda ha recaudado casi 17.000 millones menos sobre el cálculo inicial. 
Por si fuera poco, la caja por Impuestos Especiales (gasolina o tabaco) decrece ya un 3,2%, frente al alza prevista del 2,3%. Sin embargo, el mayor agujero en las arcas públicas lo sigue aportando el Impuesto de Sociedades, que lleva 41 meses en caída libre. En los últimos tres años, el fisco ha ingresado 32.000 millones menos de lo previsto. Para este año se preveía un aumento de ingresos del 9,3% y en julio cae un 23,8%. 
En Hacienda ha aumentado la preocupación por el desarrollo de este impuesto. Según los informes de la Agencia Tributaria, no es posible que las empresas paguen sólo el 9,9% de sus beneficios a pesar de la crisis cuando sus tipos están entre el 25% y el 30%. Un 10% es lo que paga un contribuyente por IRPF con ingresos de 21.000 euros. 
Por ejemplo, las sociedades abonaron en total 16.198 millones al fisco en 2010 frente a los 44.823 de 2007. Curiosamente, según la Central de Balances del Banco de España, las empresas registraron un año récord de beneficios en 2007. Pero, a la hora de tributar por ellos al año siguiente (2008) sólo ingresaron 27.301 millones.
Todo esto no se debe elusiones fiscales sino a que el Gobierno les ha facilitado una serie de incentivos, que favorecen sobre todo a las empresas de mayor dimensión. 
Según Francisco de la Torre, portavoz de Inspectores de Hacienda del Estado, «la libertad de amortización sin requisitos fue un error». «Se dejó literalmente la política fiscal en manos de las empresas», señala. El caso es que el mismo decreto en que se aprobó la militarización de los controladores, un mes después de que Zapatero se reuniera con la flor y nata empresarial, el Gobierno autorizó que todas las empresas pudieran aplicarse la amortización de sus inversiones de golpe, en lugar de periodificarse, sin que tuvieran que mantener el empleo. De esta forma, las grandes compañías, las capaces de obtener financiación para invertir, «han reducido sus impuestos mientras aumentaban los despidos», dice De la Torre. En los primeros meses de entrada de esta medida aumentaron los ERE un 210% en las grandes empresas. 
A esta caída recaudatoria ha contribuido también, como recoge Hacienda en sus informes, que el Gobierno ha permitido la compensación de las pérdidas de un año con los pagos de otros. Y por si fuera poco, ha incentivado que los grandes grupos pueden crear filiales fuera de España, cuyos beneficios no tributan aquí, pero pueden deducirse los gastos financieros de esa inversión. 
De la Torre dice que «este impuesto necesita una gran reforma», no sólo porque es dónde más ha caído la recaudación, sino porque «es dónde descansa fundamentalmente la tributación de las grandes rentas y no en tributos escasamente recaudatorios como el de Patrimonio». 
En este sentido, la mayoría de los expertos consultados coincide en que, por ejemplo, convendría reducir el tipo nominal del impuesto al 15% o 20%. Pero suprimiendo las deducciones que se aplican. 
Eduardo Sanfrutos, socio responsable del Área de Empresas de Ernst & Young, señala que debería reducirse el tipo de este impuesto porque sigue por encima de los países de nuestro entorno y «perjudica a la competivividad». Por su parte, Alberto Estrelles, socio responsable del Área de Sociedades de KPMG, dice que convendría estudiar el principio de caja única entre las empresas y las administraciones para compensar impuestos con impagos así como habilitar, por ejemplo, que las provisiones por morosos sean deducibles. 
De todas formas, aunque los expertos dicen que es necesaria una reforma en profundidad, que debería debatirse en la campaña electoral, matizan que quizá su aplicación no podría llevarse a cabo hasta que avance la próxima legislatura y con indicios claros de salida de la crisis. A corto plazo coinciden en que el Gobierno que salga del 20-N no va a tener más remedio que subir los Impuestos Indirectos (IVA e Impuestos Especiales). Hay margen y no afectan a las exportaciones, dicen. 
Y, a medio plazo, habrá que definir un nuevo IRPF, evitando por ejemplo la deslocalización de ingresos entre las autonomías o la volatilización de rentas altas que, en muchos casos, se diseñan sus ingresos para pagar menos ocultando los reales. También convendría acercar los tipos medios del IRPF a los de las empresas para que afloren más rentas del trabajo. Y, al menos durante un tiempo, las plusvalías mobiliarias e inmobilarias a corto deberían tributar por los tipos marginales del IRPF y no al 19% o 21% actuales, ya que no se trata de ahorro a largo plazo. 
Los expertos coinciden en que habría que controlar más las rentas de los profesionales mediante transparencia fiscal y crear un nuevo sistema de módulos para los autónomos. Estos dos colectivos son la clave en la lucha contra el fraude. Además, convendría que las Sicav, las sociedades de los ricos en manos de la CNMV, pudieran ser inspeccionadas por Hacienda para comprobar si cumplen los requisitos de empresas de inversión colectiva para poder tributar sólo al 1%. 
De momento, los candidatos del PSOE y del PP no han detallado sus programas en materia fiscal ante el 20-N. Tampoco han aclarado si van a aplicar la dura cirugía que necesitan las cuentas públicas en materia de gastos. De lo que se conoce, Rubalcaba apuesta por crear un impuesto para ricos distinto al recuperado Impuesto de Patrimonio, otro tributo para la banca y una policía fiscal para luchar contra el fraude. Pero se olvida de que cuando estaba en el Gobierno se aprobó una mejora en la tributación de los banqueros (conocida como aguinaldo). Además, cuando era ministro de Interior, rechazó la demanda de los inspectores de Hacienda en 2007 y 2008 de crear esa policía antifraude. 
Por su parte, Rajoy sólo ha concretado que las empresas no tributarán cuando reinviertan las plusvalías y que modificará la fiscalidad de los beneficios no distribuidos. También ha dicho que va a bajar el Impuesto de Sociedades y la tributación de los autónomos en módulos. Del IRPF no ha hablado, tampoco Rubalcaba.

lunes, 12 de septiembre de 2011

A vueltas con el Impuesto sobre el Patrimonio

Se lee en la prensa "Zapatero 'obedece' a Rubalcaba y recupera el impuesto del patrimonio" (Expansión) o " Rubalcaba lo había pedido. El Gobierno recuperará este viernes el Impuesto sobre el Patrimonio" (Cinco Días). Y, dejando al lado bromas (aunque con trasfondo más que real), como el lector que afirma que con los menos de 800 millones de recaudación previstos con el Impuesto, va a hacer... EMPLEO A TODA LA JUVENTUD, CRÉDITOS A TODO EL QUE QUIERA UNO, ACABARÁ CON EL DÉFICIT, REANUDARÁ OBRAS PÚBLICAS GIGANTESCAS, VOLVERÁ A DAR LOS 500 EUROS, SUBVENCIONARÁ A CUBA, Y VENEZUELA, AYUDARÁ ECONÓMICAMENTE A LOS DEL 15M , Y SI LE VOTA ANTICIPADAMENTE POR CORREO, UN COJÍN PARA SU GATITO...
Digo que, dejando al margen éstas y otras "verdades", lo cierto es que con la recaudación prevista (máximo unos 2.000 millones de euros) el Estado no puede pagar ni cuatro días de los intereses de la deuda generada, sí, esas famosas ventas de las que nos hablan y no sabemos muy bien de qué. Pues, eso, al día de la fecha España ha colocado casi 800 mil millones de euros en deuda y por ella debemos pagar, ojo al dato, más de 600 millones de euros de intereses diarios. Lo dicho, con la recaudación del "salvador" Impuesto sobre el Patrimonio, apenas se pagan tres días de intereses.

Quizá la solución no sea tanto la de buscar éste y otros "parches fiscales" para buscar dinero de los de siempre, sino la de plantearse un auténtico recorte de gastos. No es de recibo que a cada español le cueste la Administración Pública casi 10.000 euros al año de media, o que "en España, la masa salarial de los empleados de la Administración Pública ha crecido en 59,2% en los últimos ocho años y los costes salariales de nuestra Administración han pasado de ser 1.608 euros por habitante español en el año 2000 a 2.560 euros en 2008. Si comparamos esta cantidad con Alemania, un país con un aparato administrativo similar al nuestro, se observa que el coste de la masa salarial de la Administración Pública en Alemania solo se ha incrementado un 3,3% y la masa salarial de su Administración Pública ha pasado de costar 2021 euros a 2088 a cada alemán, casi quinientos euros menos que la española. En España, la masa salarial ha crecido en un 37% en los últimos ocho años, y en la UE, un 33%, cifras alejadas del crecimiento del 0,6 que presenta Alemania.
El aumento de la masa salarial española se explica por el incremento de funcionarios en el aparato autonómico y local con un crecimiento del 95,4%"
(EAE Business School)

Según los datos de los profesores Miguel Ángel Malo de la Universidad de Salamanca, Luis Garrido de la UNED y Begoña Cueto de la Universidad de Oviedo contrastados con la Encuesta de Población Activa, el número de empleados públicos ha pasado de 2,5 millones en el año 2000 a 3,2 en 2010. De acuerdo con sus cálculos, el mayor crecimiento se ha producido en Andalucía donde hay un 18,3% más de funcionarios que hace 10 años, seguida de cerca de Cataluña, con un 18%. La tercera en crecimiento es la Comunidad de Madrid, con una subida de un 11,3%, pero en su caso no sólo incluye personal autonómico o de ayuntamientos, sino también de los Ministerios y otros organismos de la Administración central presentes en la capital.

Lo cierto es que en las últimas tres décadas, el número de personas que reciben un sueldo de un organismo público se ha más que doblado, un porcentaje que excede con mucho a lo ocurrido en el sector privado. Así, a finales de 1976 (primer año que recoge la EPA del INE) había en España 1.374.000 personas que cobraban de la Administración; en el segundo trimestre de 2010, ya eran 3.086.000. Esto supone un crecimiento del 125%.

Es una cifra alta, sin duda, pero aún más llamativa si la comparamos con los datos del sector privado. Así, hace 34 años había 12.669.000 ocupados en España (11.295.000 en compañías privadas), que ahora son 18.477.000 (15.391.000), lo que supone un incremento del 36% en los trabajadores a sueldo de las empresas españolas. Es decir, que la tasa de crecimiento del sector público es más del triple de la del sector privado. (Fuente: libertaddigital.es)

Mientras estas cifras sigan así, recaudar 1000 millones más o menos es "peccata minuta" porque si queremos recortar, bien podrían los políticos empezar eliminando los 15.798.500 euros entregados graciosamente a los Sindicatos (BOE de 16 de febrero de 2011), mas otros 120 millones concedidos por las autonomías (69 de ellos solo en Andalucia), a los partidos políticos más de 131 millones (Presupuestos Generales), por no seguir con la interminable lista de subvenciones a ONG's de todo tipo y condición hasta alcanzar más de 265 millones de euros, por ejemplo:
  • La ex ONG de Leire Pajín (Fundación Española para la Cooperación Solidaridad Internacional), ha recibido 29.881.595 euros para sus proyectos de 2010 a 2013 (más que Cruz Roja -27-, Caritas -15- o Médicos del Mundo-19-)
  • Fundación Mujeres, vinculada a Elena Valenciano, 500.000 euros.
  • Fundación Alternativa, cuyo director es Juan Manuel Eguiagaray (ministro en los gobiernos presididos por Felipe González) y, Presidente también de la ONG de Pajín....

Por último, siendo malpensados, también habría que preguntarse porqué fijar el límite para no declarar en el Impuesto sobre el Patrimonio se eleva ahora a 600.000 euros, que, curiosamente, es la cifra de patrimonio declarada ¿por quien? Sí, por Rubalcaba.

lunes, 5 de septiembre de 2011

Llamadas GRATIS desde el PC.


Ya en el mes de marzo comentábamos algunos programas para hablar gratuitamente desde los teléfonos. El siguiente paso era lógico: poder realizar llamadas también desde el PC. De hecho ya Skype ofrecía este servicio, y ahora otras se le suman.
La que ha dado un primer paso ha sido Nimbuzz. Ya existían las versiones para Iphone y Android, y ahora sale su versión para PC. Todas ellas te permiten llamar, chatear e interactuar con tus amigos en todas las redes sociales y de mensajería instantánea populares (Windows Live Messenger (MSN), Yahoo, ICQ, AIM, Google Talk, Facebook, MySpace, y más).
Mientras tanto, Tango anuncia su próxima versión para PC.

sábado, 20 de agosto de 2011

Políticamente incorrecto.

Los "indignados", antisistema y demás afines vienen hace días "vendiendo" la idea que la visita del Papa supone un enorme costo al erario publico. Pero siendo neutrales habría que decir siempre la verdad y no la verdad a medias que tanto gusta a algunos.

Partimos del hecho de que no comulgo con la Iglesia Católica, ni ninguna otra, en cuanto a su acumulación de riquezas, creencias más o menos obsoletas y demás, pero lo respeto. Palabra ésta que muchos han olvidado en cuanto no se refiere a ellos mismos.

Pero centrándonos en el tema, me llega por e-mail un tríptico sobre los gastos de la visita del Papa y resulta que tras mezclar "churras con merinas" (que si lo que percibe por los contribuyentes que marcan su casilla, que si restauración de monumentos...), la única cifra supuestamente válida sobre el costo del viaje papal para el erario público es de 25 millones de euros.

¿Y los beneficios? El ministro Blanco lo ha dicho claramente: "Los beneficios de la visita del papa no son un hecho de fe" sino que son un hecho constatable. Y es que la simple lógica, que a muchos parece faltarles, da la razón al ministro. Se habla de un millón y medio de peregrinos, al menos dos días en Madrid (aunque todos hemos visto que algunos llevan muchos más días). Si cada uno de ellos sólo gastara 10 euros diarios (e incluya usted desayunos, comidas, cenas, bebidas, etc...) ya tendríamos 30 millones de euros, es decir, más de lo presumiblemente aportado por el Estado. Pero es que las cifras hablan de que dejarán más de 100 millones de euros. Y ello sin mencionar que se estima que en los meses previos a la visita se han creado 23.000 puestos de trabajo relacionados directamente con la visita. Vale, temporales, pero veintitres mil personas que durante un tiempo no han estado entre esos 5 millones de parados.

Y, siendo políticamente incorrecto, ahora me pregunto: ¿cuanto nos ha costado al erario público las limpiezas de las toneladas de basura "indignada" en Madrid, Barcelona, etc...? ¿Qué beneficio han dejado a cambio? ¿Cuánto cuesta cada uno de los despliegues policiales de vigilancia por dejarles incumplir la ley? Si, incumplir porque no se puede acampar en donde a usted se le "plante", pero aquí se ha permitido con total impunidad.

Y si queremos seguir comparando otras cifras, pues bien en el año 2010 sólo la Administración Estatal concedió 15.798.500 euros a los Sindicatos (BOE de 16 de febrero de 2011), mas otros 120 millones concedidos por las autonomías (69 de ellos solo en Andalucia), a los partidos políticos más de 131 millones (Presupuestos Generales), por no seguir con la interminable lista de subvenciones a ONG's de todo tipo y condición.

Ahora podré ser tachado de mil cosas, pero hasta que con cifras no me demuestren lo contrario, seré políticamente incorrecto.

Los funcionarios tienen 340.000 teléfonos móviles pagados con dinero publico

Los terminales en manos de la Administración central pasan de 15.000 a 70.000 en las dos últimas legislaturas. Incluyendo a comunidades autónomas y municipios, la cifra supera los 340.000.

Los funcionarios de la Administración central cuentan en estos momentos con cerca de 70.000 teléfonos móviles pagados por el Estado, según estimaciones de la industria. Esto supone casi cinco veces más que los 15.165 móviles que usaba la Administración en enero de 2004, justo antes de la llegada al Gobierno del PSOE.

expansion.com

El Gobierno recuperará Patrimonio para asegurar el objetivo de déficit

El Gobierno también tiene guardado un as en la manga. Mientras países como Francia e Italia estaban realizando un sinfín de recortes para calmar a los mercados, en España sólo se habían apuntado ajustes en el Impuesto sobre Sociedades y en el gasto farmacéutico.
Sin embargo, en La Moncloa van a jugar una última carta para asegurar los objetivos de déficit y calmar a los mercados: la reactivación del Impuesto sobre el Patrimonio.

Zapatero sigue así la estela de países como Italia, Grecia o, posiblemente, Francia, que han optado por mayores cargas para las rentas altas. Además, de cara a las inminentes elecciones del próximo noviembre, esta medida tiene un impacto mucho más limitado que otras imposiciones tributarias.

Este impuesto se dejó en estado latente en abril de 2008, ya que el programa electoral del PSOE lo veía como algo “obsoleto”. Pero no se llegó a eliminar, sino que se bonifica al 100%. Su posible recuperación ha sido una demanda constante de buena parte del arco parlamentario, que contraponían los recortes a funcionarios y a jubilados con las mejoras fiscales a las clases más pudientes.

Ayer mismo, los líderes sindicales de UGT y CCOO aseguraban en una carta abierta a Moncloa que aceptarían medidas de moderación salarial a cambio de recuperar Patrimonio (ver información adjunta).

En el momento de su eliminación, con Patrimonio se recaudaban apenas 2.000 millones de euros al año. Las fuentes consultadas por este diario, que daban por segura la recuperación del impuesto, aseguraban que no se volvería a un tributo idéntico al que se dejó inerte. Se prevé que los tipos y las bases puedan ser más moderados que en el pasado y que afecten sólo a clases realmente altas.

En cuanto a la fecha de aprobación de la medida, aunque no se descarta que sean anunciadas hoy, en el Consejo de Ministros extrordinario en el que se anunciarán diversas medidas anticrisis, podría demorarse a las próximas semanas. Sin ir más lejos, el próximo día 26 se celebrará otro Consejo de Ministros para el que Salgado ha anunciado la aprobación de nuevas medidas de ajuste.

El Gobierno ya ha mostrado en repetidas ocasiones su arrepentimiento por haber suprimido, de facto, este tributo. La vicepresidenta económica, Elena Salgado, dijo en marzo de 2010: “Si hubiéramos previsto esta crisis, no lo habríamos eliminado”.

Además, la Fundación Alternativas, think tank afín al PSOE –en cuyo patronato estan Zapatero y Felipe González–, ha pedido abiertamente, este año, que se eleve Patrimonio, en aras de la “equidad” y la “solidaridad” fiscal, y recordando que con lo que se recaudaba por dicho gravamen se podría haber evitado la congelación de las pensiones.

Pero, ¿de verdad gravará el remozado impuesto a las rentas más altas? La duda surge del propio programa electoral del PSOE, que avisaba de que “es un impuesto que grava esencialmente el ahorro de las familias de rentas medias”. Mal precedente.

CCOO y UGT piden reinstaurar el gravamen
Los secretarios generales de CCOO y UGT, Ignacio Fernández Toxo y Cándido Méndez, respectivamente, han enviado una carta al presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, para realizar una serie de propuestas dirigidas a dinamizar la actividad.

Entre dichas propuestas, los dirigentes sindicales piden que se reinstauren los tipos de gravamen en el Impuesto sobre Patrimonio. Además, demandan que la lucha contra el fraude fiscal se convierta “en seña de identidad” de todas las administraciones públicas, y recuperar también la tributación anterior en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

También proponen modificar el sistema de estimación objetiva de las rentas de actividades económicas dentro del IRPF e implantar una tarifa progresiva de entre el 15% y el 25% de la tributación de los rendimientos del ahorro y plusvalías en el IRPF, informa ‘Europa Press’.

Reclaman que se iguale el tipo de gravamen efectivo y ordinario en el Impuesto sobre Sociedades, mediante la eliminación de las deducciones fiscales. Además, se muestran dispuestos a seguir apoyando la moderación salarial más allá de 2012, año en el que concluye el acuerdo de negociación colectiva que firmaron con la patronal, a cambio de desbloquear los convenios colectivos y de un compromiso firme de las empresas para contener sus beneficios y para invertir sus excedentes en mejorar el tejido productivo.

lunes, 25 de julio de 2011

Nueva Ley del Registro Civil

Enlace al BOE

El tipo efectivo del IRPF sube a niveles de 2005

La supresión parcial de la deducción de 400 euros y la subida al 19% de la retención sobre el capital impulsaron el tipo efectivo del IRPF del 10,7% al 11,5% el año pasado, lo que supone un incremento del 7,9%, el mayor de la serie histórica, según el informe de recaudación del año 2010 de la Agencia Tributaria.

Según el informe de recaudación del año 2010 de la Agencia Tributaria, tras esta subida, el tipo efectivo del IRPF (el nivel del impuesto tras descontar deducciones y desgravaciones) regresa a los niveles del año 2005, ya que en 2008 había bajado considerablemente (un 8,4%) por la entrada en vigor de la deducción.
Gracias a la subida del tipo efectivo, la recaudación del impuesto creció un 4,9% en 2010, hasta 69.977 millones, lo que contrasta con la caída que registro el año anterior (-10,5%), aunque sin los cambios normativos el IRPF habría registrado un crecimiento cero.
Las medidas puestas en marcha por el Gobierno elevaron la recaudación de este impuesto en 3.491 millones de euros. La supresión parcial de los 400 euros aportó 3.890 millones y la subida de la retención de capital generó 301 millones, mientras que la rebaja salarial a los funcionarios restó a la recaudación 570 millones y la rebaja del rendimiento neto a empresarios individuales que creasen o mantuvieran empleo restó 130 millones.
Así, la disminución de las rentas brutas (-1,9%) fue compensada por las medidas fiscales que elevaron el tipo efectivo, lo que provocó el crecimiento del IRPF devengado al 5,9%, nueve puntos por encima de la cifra registrada un año antes.
Por su parte, el tipo efectivo del Impuesto de Sociedades se mantuvo en el 16,7% en el año 2010, aunque ha bajado un 32,2% del año 2005 al 2009 por el impacto de algunas medidas como la rebaja del tipo a empresas de reducida dimensión, el aumento de las deducciones o la nueva libertad de amortización.

Sociedades, a niveles de hace diez años
Así, el tipo efectivo del impuesto se ha estabilizado en el 16,7% tras cuatro años de caídas, lo que permite que el Impuesto de Sociedades en términos de devengo descienda al mismo ritmo que la base imponible (-15,6%).
Los ingresos por Sociedades alcanzaron a 16.198 millones, lo que supone un descenso del 19,8%, pese a la recuperación que experimentaron los beneficios empresariales. Se trata del tercer descenso anual consecutivo y deja los ingresos de Sociedades en su nivel más bajo en los últimos diez años.
El impacto de los cambios normativos en 2010 ha restado 551 millones a la recaudación. En concreto, la nueva libertad de amortización ha supuesto un coste de unos 400 millones, mientras que la subida del tipo de retención sobre las rentas del capital ha supuesto 129 millones y la rebaja del tipo a empresas de pequeña dimensión, 280 millones. LA RECAUDACIÓN ROZA LOS 160.536 MILLONES
En 2010, la recaudación tributaria total ascendió a 159.536 millones de euros, un 10,8% más que en 2009, gracias a la notable reducción de las devoluciones solicitadas en 2009 y devueltas en 2010, el incremento de ingresos ligado a las medidas de consolidación fiscal y la moderación de la caída de las bases imposibles tras dos años de grandes descensos.
El factor más importante fue el asociado a las menores devoluciones en IRPF, Sociedades y, sobre todo, IVA, con un impacto total de 11.350 millones, tres cuartas partes del aumento recaudatorio. Las medidas de consolidación fiscal tuvieron un impacto de 6.140 millones, debido, en su mayor parte, a la supresión parcial de la deducción de 400 euros (3.890 millones) y al aumento del IVA (2.010 millones) y de los Impuestos Especiales (1.190 millones).
Por impuestos, el que mejor se comportó en 2010 fue el IVA, con una recaudación que aumentó el 46,2%, la cifra más elevada de historia, mientras que el IRPF subió un 4,9% y Sociedades cayó un 19,8%. Los Impuestos Especiales, por su parte, subieron un 2,4% tras dos años de caídas por las subidas de los tipos de gasolinas y gasóleos y el incremento de los precios del tabaco.

Los asesores fiscales impugnan el modelo de declaración de Sociedades

Se acrecientan las dudas de las empresas a la hora de presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades después de los cambios normativos y del auto del Supremo que cuestiona el modelo.

Los problemas que planteaba la declaración del Impuesto sobre Sociedades el año pasado han llevado a los asesores fiscales a impugnar la Orden Ministerial que aprobó el modelo 200, el formulario en el que se realiza.
A la espera de que la Audiencia Nacional se pronuncie, el conflicto persiste en esta campaña, que acaba hoy, por lo que la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) estudia impugnar el modelo de este año. Las incoherencias que plantea el impreso giran, sobre todo, en torno a las operaciones vinculadas.
Y es que a la inseguridad jurídica que provocó que la Agencia Tributaria (AEAT) cambiara en julio de 2010, en plena campaña, las obligaciones de documentación en operaciones vinculadas se une ahora que el Tribunal Supremo (TS) ha cuestionado la legalidad del Reglamento. Fuentes de Aedaf evidencian la falta de transparencia de la AEAT, que no explica a las empresas los criterios de la Inspección. Se temen que tampoco los propios miembros de la Agencia los tienen claros.
Los asesores critican, por tanto, la actitud opaca del Fisco, que no explica a las empresas agobiadas por este asunto los criterios de la supervisión de la documentación.
En este contexto, Aedaf considera que debería revisarse la redacción y contenidos del artículo 16, para lo cual ha presentado su propuestas de modificación con el fin de simplificarlas, flexibilizarlas y adecuarlas al marco internacional y económico en el que se mueven las sociedades (ver apoyo).
En el modelo se deben declarar las operaciones obligadas a documentar que superen los 100.000 euros. Esto genera confusión en el contribuyente, debido a que no existe obligación de documentar todas las operaciones vinculadas, sólo aquellas que en su conjunto superen los 250.000 euros con la misma contraparte, salvo excepciones listadas. De esa forma, el modelo 200 requiere la aplicación de un doble filtro que incrementa la complejidad para determinar qué operaciones se deben o no declarar.
A juicio de David Fernández, socio de Sala & Serra abogados, “esto genera inseguridad jurídica debido a que errores en la declaración, que pueden ser frecuentes como consecuencia de la complejidad comentada, son considerados infracciones tributarias graves”.
Manuel Ángel Bouzas, asociado senior del Departamento de Precios de Transferencia de PwC, señala que una reciente consulta de Tributos dice que en las operaciones financieras el límite de 250.000 euros se aplica a los intereses no al montante principal. Sin embargo, en la tipología de operaciones que aparece en la guía del modelo 200, en concreto, en el tipo 6, figura la constitución/amortización de créditos o préstamos excluidos intereses con lo que hay una contradicción.
En definitiva, para Bouzas, “las instrucciones de este año han avanzado en la explicación de las exenciones de información en el Modelo 200 pero aún subsisten dudas en relación a la tipología de operaciones a incluir”.
Por su parte, David Fernández cuenta que recibe llamadas de numerosos clientes preocupados por cómo cerrar los consolidados fiscales y poner especial cuidado en controlar las bases imponibles negativas.
Fernández explica que el despacho aprecia al rellenar los modelos 200 que la plataforma es intuitiva, aunque se quejan de la rigidez que tiene la misma a la hora de rellenar los caracteres de la declaración y que marcarán el devenir de la misma. Respecto al modelo 220, agradecen este año la posibilidad de rellenar el modelo por fases, posibilidad de impresión del borrador, y en general, la mejoría en las facilidades para rellenar este modelo.
“Es curioso, no obstante”, concluye, “es que a pesar de que transcurre la campaña de Sociedades, el momento de presentación del Impuesto, estamos notando el comienzo de reestructuraciones y planificaciones de grupos”.

Julio de 2010
Aedaf ha impugnado la Orden Ministerial del modelo 200 porque establece ex novo la obligación de información adicional, sin la previa habilitación reglamentaria, lo que, a su juicio, es contrario a Derecho. El 12 de julio de 2010 entró en vigor, en el ecuador de la campaña, el RD que modifica las obligaciones. Lo más problemático resultó la contradicción entre el RD y el modelo 200. La nueva norma exime de documentar el conjunto de operaciones inferiores a 250.000 euros, mientras el modelo 200 obliga a informar de las demás de 100.000 euros.

El Alto Tribunal
El pasado día 8 de febrero el Tribunal Supremo dictó un Auto por el cual elevó cuestión de inconstitucionalidad sobre determinados párrafos del artículo 16 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, y dejó algunos puntos dudosos a la espera del pronunciamiento del Constitucional. Presentó el recurso el Consejo Superior de Colegios de Titulares Mercantiles, que exige prudencia en la aplicación del Reglamento hasta que se dirima su constitucionalidad y legalidad.

Aedaf propone
Aedaf propone modificar el artículo 16 de la Ley del Impuesto. Entre las 11 sugerencias, destaca la que pide limitar los efectos del ajuste secundario. Recuerdan que en la OCDE son empresas de reducida dimensión las que tienen menos de 250 empleados y una cifra de negocios anual que no supera los 50 millones de euros. Recomiendan que se defina la vinculación socio-sociedad tomando como umbral mínimo de participación el 25%, o que queden fuera las relaciones entre una sociedad y sus administradores.


viernes, 22 de julio de 2011

Golpe fiscal a cerca de un millón de socios para ‘lavar’ las arcas públicas

Hacienda varía sobre la marcha el criterio de liquidación, en IRPF e IVA, de los ingresos de socios, que pasa a considerar como rendimientos de actividades económicas.

A mediados del pasado junio, economistas y asesores fiscales recibieron noticias de que la Agencia Tributaria (AEAT) estaba enviando propuestas de liquidación a socios de sociedades, por IVA e IRPF, en las que recalificaba, de la noche a la mañana, los ingresos obtenidos como rendimientos del trabajo como rendimientos de actividades económicas. Primero fue en la provincia de Málaga. Después, esta situación se ha generalizado a Cataluña, Aragón, Cataluña, Castilla y León y resto de Andalucía.
Los contribuyentes que han recibido propuestas de liquidación por IRPF y por IVA son personas físicas, socios de empresas a las que prestan servicios, y los califican como rendimientos del trabajo. En cambio, las actividades económicas que realizan las entidades son muy diferentes.
Desde el Registro de Economistas-Asesores Fiscales (REAF) calculan que hay un millón de socios susceptibles de verse afectados por esta situación. Y, tomando como base unos ingresos de 30.000 euros, detallan que puede suponer unos 4.800 euros por IVA y 6.000 en IRPF, más intereses de demora. Unos 10.800 euros a los que se restaría lo que se deducían hasta ahora los socios por rendimientos del trabajo. En total, el golpe fiscal podría salirle a cada socio por cerca de 5.660 euros.
Si Hacienda liquidara esta cantidad a los cerca de un millón de socios, obtendría una cifra astronómica. Pero, de momento, son unos cuantos miles los contribuyentes que han recibido la mala noticia.
El interés de la AEAT en cambiar sus criterios sobre la marcha, sugieren fuentes entre los afectados, puede venir del afán recaudatorio de la Administración. Y, si el proceso prosperaba, las actas que se levantaran computarían en las arcas públicas. Desde Hacienda señalaron ayer que se han producido casos concretos por el legítimo control del fraude que ejerce la AEAT.
Por su parte, Francisco de la Torre, secretario de la Organización de Inspectores del Estado (IHE), no le ve sentido “desde el punto de vista fiscal y de prevención del fraude. Darse de alta como trabajador es la opción fiscal más cara (incluyendo cuotas de seguridad social) y la más conservadora, por lo que los esfuerzos de control deberían ir en otra dirección”.
Los economistas pidieron el pasado junio explicaciones a Hacienda pero, visto que no se daba una respuesta satisfactoria y que las actuaciones de comprobación se habían generalizado en la provincia de Málaga, hicieron público este golpe fiscal.
Parece ser que, a raíz de esto, responsables de la AEAT señalaron que iban a “frenar” el envío de propuestas de liquidación y que se estudiarían, una a una, las alegaciones que se presentasen. De lo que no se volvió a hablar.
Fuentes de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) explican que ayer se reunió el Foro de Asesores con la AEAT, que echó a andar el pasado 30 de marzo. Celebran que el Foro reaccione a los problemas.
Algunos de los presentes cuentan que desde Hacienda se dijo que no van a anular de oficio sus actuaciones, pero se comprometen a estudiar caso por caso y a ofrecer una solución general en octubre. Asimismo, atribuyeron el conflicto a unas pruebas piloto que se generalizaron ante la dificultad de control de los órganos territoriales.
Los fiscalistas que ha consultado este diario denuncian que las liquidaciones son incorrectas porque se apoyan en una sola consulta de Tributos (V1492-08) que no se había seguido hasta ahora, que dice que las retribuciones que perciben los socios se han de calificar como rendimientos de actividades económicas.
Pero la consulta apostilla que se debe examinar caso por caso si concurren o no las notas de dependencia y ajeneidad y que no se puede extender el criterio de manera indiscriminada. Tesis que refuerza la cuantiosa doctrina administrativa en contra de la tesis que adopta ahora Hacienda.

IRPF e IVA
La liquidación del IRPF que ha propuesto Hacienda no tiene en cuenta como gasto deducible el RETA, ni deja al contribuyente justificar otros gastos deducibles o de motivar que los tiene. Esto invalidaría, a juicio de los expertos, el método de estimación directa. En el IVA, la liquidación no es correcta porque se limita a dividir las percepciones anuales entre los cuatro trimestres y por no solicitar las cuotas soportadas y deducibles.

Tributos y TS
La consulta de la Dirección General de Tributos V1492-08 se apoya en sentencias del Supremo (TS) y del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. El TS no se limita a dar los indicios que se deben examinar para distinguir trabajo de actividad económica, sino que examina si existen en el supuesto de hecho planteado, y llega además a ver si en la actividad económica concreta de que trata la controversia existen indicios específicos.

Los inspectores
Francisco de la Torre, secretario de los Inspectores, no cree que una relación laboral está sujeta al IVA, pero apunta que si se considerase que no debía ser relación laboral, la empresa podría deducirse el IVA. Respecto al IRPF, opina que exigir retenciones a la empresa, cuando no se las ha deducido el supuesto autónomo, “sólo lleva a que el contribuyente se dé de alta como autónomo, pague menos cotizaciones y tenga posibilidades de defraudar”.